Estado comprobado el 31 de octubre de 2026. Esta guía resume normas y noticias públicas con enlaces; no es asesoramiento legal. Antes de decidir, comprueba el BOE y habla con tu asesoría laboral.
Hay dos preguntas distintas que se mezclan en las noticias: qué es obligatorio hoy, y qué cambiaría si se aprueba el real decreto del registro digital. Conviene separarlas.
Lo que ya es obligatorio
El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores dice que la empresa garantizará el registro diario de jornada, que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora. Puedes leer el texto en el BOE. Según el resumen de finantresnoticias.com (3 de julio de 2026), esta obligación rige desde 2019, los registros se conservan cuatro años y deben estar a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo. La misma fuente indica que incumplir las normas de registro es infracción grave, con multas de 751 a 7.500 EUR.
Importante: esa obligación no exige hoy un sistema digital concreto. Un registro en papel o en hoja de cálculo que recoja inicio y fin de cada persona y cada día cumple la forma, si es fiable y está disponible.
Lo que está pendiente
El Ministerio de Trabajo prepara un real decreto que obligaría a llevar el registro por medios digitales, con anotación personal e inmediata de cada trabajador, un protocolo documentado en la empresa y derechos de acceso y copia. Esto es lo que encontramos a 31 de octubre de 2026:
- La fuente de julio de 2026 lo describe como borrador oficial dentro del Plan Anual Normativo 2026.
- Una guía de octubre de 2026 que consultamos indica que sigue sin aprobarse ni publicarse en el BOE, que el Consejo de Estado emitió en marzo de 2026 un dictamen desfavorable aunque no vinculante, y que el Ministerio querría llevarlo al Consejo de Ministros en octubre. No hemos podido confirmar si se aprobó en la última semana de octubre.
- Varias publicaciones de 2026 daban por inminente la obligación digital, incluso con la prohibición del papel y de Excel en marzo de 2026. Esas previsiones no se cumplieron, así que trátalas con cautela.
- Un análisis sugiere que, tras la publicación en el BOE, habría un plazo de adaptación de unos seis meses. Es una estimación, no un dato oficial.
Dónde comprobarlo: el BOE y la web del Ministerio de Trabajo. Si la norma se publica, actualizaremos esta página y su fecha.
Qué hacer sin esperar
- Registra inicio y fin reales de cada persona, cada día, no solo el horario planificado. El horario del cuadrante dice lo que se quiso hacer; el registro dice lo que se hizo.
- Conserva los registros cuatro años y decide quién los puede consultar.
- Documenta el método en una nota breve: cómo se ficha, cómo se corrige un olvido y quién lo aprueba.
- Separa cuadrante y registro. El cuadrante planifica; el fichaje registra. Compararlos te enseña dónde se pasan las horas.
- Cuida los descansos. El mismo Estatuto exige, en su artículo 34.3, al menos doce horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente, como puedes leer en el BOE.
Si quieres comprobar una semana concreta, la calculadora de horas y extras con el ajuste de España avisa de descansos menores de 12 horas.
Dónde encaja una app de turnos
Una app de turnos puede ayudarte a planificar el cuadrante respetando las 12 horas de descanso, y un reloj de fichaje registra la hora real de entrada y salida con una comprobación opcional de ubicación. Turnifo incluye ese reloj de fichaje y una exportación mensual de horas para tu asesoría. Ninguna herramienta puede garantizar por sí sola el cumplimiento de la norma: depende de cómo la uses y de lo que diga el reglamento final.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio hoy fichar con una app?
Hoy la ley exige el registro diario de jornada con hora de inicio y fin, no un sistema digital concreto. La obligación de medios digitales depende de un real decreto que, según las fuentes que hemos consultado, no estaba publicado en el BOE a 31 de octubre de 2026.
¿Vale un Excel?
Mientras no se publique la norma digital, el Estatuto exige un registro diario fiable con hora de inicio y fin y conservarlo cuatro años. Si el real decreto se aprueba, podría dejar de bastar. Compruébalo en el BOE.
¿Cuánto tiempo hay que guardar los registros?
Cuatro años, según el resumen de las fuentes citadas. Confírmalo con tu asesoría.
¿Cumple Turnifo la ley de registro de jornada?
Ofrecemos un reloj de fichaje y exportaciones de horas, pero no afirmamos que ninguna herramienta cumpla la ley por sí sola. Consulta a tu asesoría laboral.
Olvida la hoja de cálculo
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